La Gaceta Oficial Extraordinaria No.31 publicada el 1 de agosto de 2017 otorga fundamento legal a las decisiones anunciadas en la pasada reunión del Consejo de Ministros sobre las medidas diseñadas para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia.

El documento informa que no se otorgarán nuevas licencias para un grupo de actividades hasta tanto concluya el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia.

Según fuentes oficiales, al cierre del primer semestre del 2017, la seguridad social registraba un total de 567 982 personas afiliadas al sector no estatal, representando un 12 por ciento del total de los empleados en el país.

Esta forma de empleo no estatal ha proporcionado un reordenamiento laboral y opción de empleo para muchos cubanos que decidieron escoger esta modalidad como fuente de ingreso y desarrollo profesional. Además ha logrado incrementar la oferta de bienes y servicios con niveles de calidad aceptables, informó la fuente.

Elena Feitó Cabrera, viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social, afirmó que la medida adoptada forman parte de un proceso sistemático de revisión y perfeccionamiento, encaminado a corregir deficiencias, de manera que ninguna acción quede al margen de la legalidad.

Igualmente comentó que «La más reciente evaluación al desempeño de este sector permitió comprobar, entre otros elementos, que se utilizan materias primas, materiales y equipos de procedencia ilícita; persiste el incumplimiento de obligaciones tributarias y se subdeclaran ingresos; falta de enfrentamiento y solución oportuna a los problemas; subsisten imprecisiones e insuficiencias en el control; así como se constatan deficiencias en la contratación económica para la prestación de servicios u oferta de productos entre personas jurídicas y personas naturales».

 

La regulación esclarece igualmente que las solicitudes de autorización ya iniciada para aquellas actividades que la resolución restringe, se procesarán de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales por las que se iniciaron.

La viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social dijo además, que dentro del proceso de perfeccionamiento se encuentra, por ejemplo, el de reagrupar un grupo de actividades a fines que hasta hoy estaban dispersas. Una muestra de ello son las licencias con los «servicios de belleza». En esta nueva modalidad se pretende  integrar siete actividades del trabajo por cuenta propia: barbero, maquillista, masajista, manicura, peluquera, peluquera peinadora de trenzas y peluquero tradicional. Esto permitirá agilizar y reducir los trámites administrativos.

Igualmente habrá cambios en la actividad de «elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos en restaurantes». En su lugar se han diseñado dos: «servicio gastronómico en restaurante» y «servicio de bar y recreación», Su alcance será detallado en las regulaciones que se anuncien al respecto.

Otra de las cuestiones que regula la norma, es que se autorizará al titular de un negocio privado, que tenga trabajadores contratados y necesite ausentarse por enfermedad prolongada, de él o de familiares bajo su responsabilidad, o por salida al exterior, la posibilidad de designar a otro de los contratados para asumir las labores del personal ausente.

«Específicamente para salidas al exterior, se concederá dicha prerrogativa por el periodo de tres meses, lo cual está en correspondencia con las regulaciones laborales aplicables a los trabajadores del sector estatal», señaló la viceministra primera.

En correspondencia con la actividad de transporte de pasajero, Débora Canela Piña, especialista principal en el Ministerio del Transporte, comentó, que para la provincia de La Habana «se permitirá la asociación de transportistas privados a las cooperativas de taxis ruteros creadas y se iniciará un experimento que abarque la totalidad de los vehículos, entre cuatro y catorce pasajeros, que deseen operar en rutas de la capital del país»

La titular del Ministerio de Transporte añadió que los porteadores privados que formen parte del experimento, entre otros beneficios podrán adquirir el combustible para operar a precios diferenciados; y según la disponibilidad de recursos del país, tendrán acceso al mercado mayorista para la compra de herramientas, partes, piezas de repuesto y accesorios al precio minorista menos un 20 % de descuento.

«El precio de las rutas se establecerá por tramos, que no superarán los 8 kilómetros, con un precio de 5 CUP», puntualizó.

Vladimir Regueiro Ale, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, es otro de los funcionarios del estado que esclareció algunas cuestiones de la norma publicada.

Explicó que al reordenarse el trabajo por cuenta propia, que esta vez implica la unificación de un grupo de actividades y el reconocimiento de otras, hay que determinar para cada caso nuevas cuotas de tributación. «Hay incremento de cuotas mínimas en algunos casos, pero también reducción en otros».

Referido al impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, por ejemplo, se ha valorado que se aplicará el tipo impositivo mínimo que establece la Ley tributaria, que es del 5 %, y al mismo tiempo eliminar la exención de pago por los cinco primeros trabajadores.

Indicó que por los primeros cinco trabajadores el impuesto será el 5 % del salario medio mensual correspondiente a la provincia de que se trate; del sexto al décimo se aplicará sobre el monto resultante de la suma de dos salarios medio; del 11 al 20 sobre la cifra de tres salarios medio; y a partir de 21 trabajadores se tomarán como base para el cálculo seis salarios medio.

De manera general –apuntó– se ha mantenido un balance similar al actual entre la cantidad de actividades que actualmente tributan por el régimen general y las que lo hacen por el simplificado.

Hasta tanto se concluya el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia se decidió no otorgar nuevas autorizaciones en las actividades siguientes. vea aquí

Finalmente,  Elena Feitó Cabrera, titular del Ministerio de Seguridad Social, puntualizó que las medidas tomadas «no constituyen un retroceso en el desarrollo de la actividad; con ellas se pretende consolidar la organización y el control del trabajo por cuenta propia, de manera tal que este continúe avanzando de manera ordenada y eficiente».

Los detalles de otros elementos sobre la regulación se podrán obtener en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.31 publicada el 1 de agosto de 2017

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