La inversión extranjera en Cuba está pensada para obtener fuentes de ingresos directos que permitan alcanzar un desarrollo económico y sustancial para el país.

Las garantías a los inversores, así como los incentivos fiscales son los pilares de una legislación que brinda una oportunidad y confianza al inversionista extranjero.

Guía para la inversión en Cuba

Todo extranjero que desee comercializar con Cuba, lo primero que debe tener claro es el sector al cual se va a dedicar, ya sea el industrial, los servicios, el comercial, etc.

Luego de tener definido el sector donde quiere invertir, podrá visitar la isla con tales fines, para lo cual debe solicitar al consulado cubano (embajada) del país de origen, la correspondiente visa de exploración de negocios (A-7) o la de comerciante (D-7).

Es importante aclarar que si se viaja con intenciones de establecer negocios en Cuba  o estudiar  puede viajar con otra visa que no sea las antes mencionadas. Si usted viaja con visa de turismo, no se puede efectuar cambios ni modificaciones para otra categoría.

Ya estando en territorio nacional cubano, debe dirigirse a la Cámara de Comercio para obtener información sobre las empresas que tengan licencia de importación del producto que oferta, por su código armonizado y/o partida arancelaria. Estas pueden ser de dos formas:

  1. Empresas importadoras y/o exportadoras, pertenecientes muchas de estas a grupos industriales.
  2. Empresas de capital mixto autorizadas a importar o exportar directamente sus insumos y producciones.

Es bueno conocer que las Sucursales Extranjeras establecidas en Cuba NO firman contratos, sólo  facilitan contactos.

Si lo desea, usted puede contactar directamente con alguna de estas empresas para realizar su oferta, deben de venir acompañada de catálogos u otras formas de muestreo.

Debe tener en cuenta que el  empresario extranjero que visite la isla para estos fines no necesita de ninguna autorización de gobierno para comercializar directamente con estas empresas, ya que las mismas poseen acreditación para dicha actividad.

Las entidades facultadas a realizar actividades de importación y exportación de mercancías están obligadas a cumplir los principios y normas básicas establecidos en la Resolución 50/2014 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex) ¨Reglamento General sobre la Actividad de Importación y Exportación¨, de 3 de marzo del 2014.

Cartera de negocios

Aquellas operaciones comerciales que se realicen en el territorio nacional, se efectuarán  a través de  una empresa importadora cubana o agente de comercio.

Según estipula el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, para que una compañía extranjera pueda abrir una sucursal en territorio cubano, deberá hacer la solicitud en la Cámara de Comercio de la República de Cuba, luego de haber transcurrido como mínimo un plazo de tres años y que haya tenido un volumen de negocios con entidades cubanas no inferior a los 500 mil USD anuales.

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